Art. 1
Título GRUPO 8Capítulo T811

Art. 1

374 / 508
En vigor desde 30 dic 2023
Constituye el hecho imponible la realización de actuaciones administrativas encaminadas a la concesión de la autorización de nueva apertura, designación de local, traslado y transmisión de oficinas de farmacia y demás expedientes incoados en aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios y la Ley 3/1997, de 28 de mayo, de Ordenación Farmacéutica de la Región de Murcia respecto de oficinas de farmacia, botiquines, depósitos de medicamentos, servicios farmacéuticos y almacenes de distribución, así como laboratorios y centros de control y/o desarrollo de medicamentos. Se modifica por el art. 58.5 de la Ley 4/2023, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-2045 Se modifica por el .14 de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-1927

Tus anotaciones

Pro

BORM-s-2004-90027#art-1-63