Art. 1
Título GRUPO 7Capítulo T720

Art. 1

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En vigor desde 28 dic 2004
Constituye el hecho imponible de la tasa la realización de trabajos o servicios técnicos y facultativos relacionados con el desempeño de actividades agrarias.

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Pro

BORM-s-2004-90027#art-1-53