Título GRUPO 6›Capítulo T670
Art. 1
308 / 508En vigor desde 1 ene 2018
El hecho imponible está constituido por la actividad administrativa de supervisión y control de las actuaciones realizadas sobre cada vehículo por las entidades colaboradoras y empresas autorizadas en la inspección técnica de vehículos.
Se modifica por el art. 59.9 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-2468
Tus anotaciones
ProBORM-s-2004-90027#art-1-49