Art. 1
Título GRUPO 2Capítulo T220

Art. 1

130 / 508
En vigor desde 28 dic 2004
Constituye el hecho imponible la realización de actuaciones técnicas o facultativas de levantamiento, redacción y replanteo de planos; las relacionadas con la actividad forestal, incluidas las de inspección, valoración y señalamiento de aprovechamientos forestales, así como las concernientes a la partición, deslinde y amojonamiento de fincas y montes.

Tus anotaciones

Pro

BORM-s-2004-90027#art-1-15