Art. 85
Capítulo CAPÍTULO XX

Art. 85

97 / 274
En vigor desde 10 ago 2004
Son sujetos pasivos las personas y entidades a las que se refiere el artículo 13 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, que soliciten o a cuyo favor se presten los servicios que constituyen el hecho imponible.

Tus anotaciones

Pro

BOA-d-2004-90019#art-85