Art. 241
Capítulo CAPÍTULO LI

Art. 241

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En vigor desde 23 oct 2021
La cuantía de la tasa se determina por la aplicación de las siguientes tarifas: Tarifa 01. Por inicio de expediente, se aplicará la siguiente escala: Por las primeras 10 parcelas: 500 euros. Por cada parcela adicional: 5 euros. Tarifa 02. Acta previa a la ocupación: Por cada parcela: 10 euros. Tarifa 03. Acta de ocupación: Por cada parcela: 10 euros. Se añade por el .27 de la Ley 7/2021, de 7 de octubre. Ref. BOE-A-2021-19727

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Pro

BOA-d-2004-90019#art-241