Art. 237
Capítulo CAPÍTULO L

Art. 237

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En vigor desde 23 oct 2021
La cuantía de la tasa se determina por la aplicación de las siguientes tarifas: Tarifa 01. Tramitación de la habilitación para el ejercicio de la actividad profesional de guía de turismo en Aragón y la expedición del carné o credencial correspondientes: 30 euros. Tarifa 02. Tramitación y comprobación de la declaración responsable previa al inicio de la actividad, modificación o reforma de una vivienda de uso turístico y su inscripción en el Registro de Turismo de Aragón: 130 euros. Se añade por el .26 de la Ley 7/2021, de 7 de octubre. Ref. BOE-A-2021-19727

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BOA-d-2004-90019#art-237