Art. 207
Capítulo CAPÍTULO XLV

Art. 207

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En vigor desde 1 ene 2015
Son sujetos pasivos obligados al pago las personas que soliciten la prestación del servicio que integra su hecho imponible. Se añade por el de la Ley 14/2014, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-950

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Pro

BOA-d-2004-90019#art-207