Capítulo CAPÍTULO XXXVII
Art. 168
185 / 274En vigor desde 1 ene 2010
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas a que se refiere el artículo 13 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón que soliciten la inscripción en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias que constituye el objeto del hecho imponible.
Se añade por el de la Ley 13/2009, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-2164
Tus anotaciones
ProBOA-d-2004-90019#art-168