Art. 166
Capítulo CAPÍTULO XXXVI

Art. 166

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En vigor desde 1 ene 2007
Están exentos del pago de la tasa los suministros de información medioambiental realizados entre entidades y órganos pertenecientes a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como los efectuados a entidades y órganos de otras Administraciones públicas, excepción hecha de las entidades que integran la Administración corporativa. Se añade por el de la Ley 19/2006, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2007-4735

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Pro

BOA-d-2004-90019#art-166