Art. 154
Capítulo CAPÍTULO XXXIV

Art. 154

170 / 274
En vigor desde 23 oct 2021
La cuantía de la tasa por la realización de los servicios administrativos previstos para la calificación ambiental de actividades sometidas a licencia ambiental de actividades clasificadas es la siguiente: a) Para explotaciones ganaderas intensivas, una cuota fija de 550 euros. b) Para el resto de actividades clasificadas, una cuota fija de 360 euros. Se modifica por el .22 de la Ley 7/2021, de 7 de octubre. Ref. BOE-A-2021-19727 Se modifica por el de la Ley 2/2016, de 28 de enero. Ref. BOE-A-2016-2408 Se modifica por el de la Ley 10/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-1424 Se añade por el de la Ley 19/2006, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2007-4735

Tus anotaciones

Pro

BOA-d-2004-90019#art-154