Capítulo CAPÍTULO XXXIV
Art. 151
167 / 274En vigor desde 1 ene 2007
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación, por los órganos competentes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de los servicios y actuaciones administrativas conducentes a la obtención de la calificación ambiental de actividades sometidas a licencia ambiental de actividades clasificadas.
Se añade por el de la Ley 19/2006, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2007-4735
Tus anotaciones
ProBOA-d-2004-90019#art-151