Art. Disposición transitoria quinta
Título TÍTULO X

Art. Disposición transitoria quinta

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En vigor desde 28 abr 2004
Hasta la constitución del Jurado de Expropiación del Principado de Asturias continuará interviniendo el Jurado Provincial de Expropiación en las expropiaciones que este Texto Refundido atribuye a la competencia de aquél.
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