Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO LXVIII
Art. 349
353 / 565En vigor desde 30 oct 2002
Constituye el hecho imponible de la tasa la emisión de un certificado por los órganos de la Comunidad de Madrid y que no esté tipificada explícitamente en otras tasas, salvo que la solicitud se formule por personal al servicio de la propia Comunidad y vaya dirigida a su constancia en un expediente de esta Administración.
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Proeli/es-md/dlg/2002/10/24/1#art-349