Art. 334
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO LXV

Art. 334

338 / 565
En vigor desde 30 oct 2002
Constituye el hecho imponible de la tasa la realización de informes e inspecciones, así como la concesión de autorizaciones y práctica de inscripciones registrales, por órganos de la Comunidad de Madrid, que vengan impuestos por una disposición normativa y no estén tipificados explícitamente en otras tasas.
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