Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO LIV
Art. 270
274 / 565En vigor desde 30 oct 2002
Constituye el hecho imponible de la tasa la realización por los servicios de la Comunidad de Madrid de informes e inspecciones para las autorizaciones/homologaciones de los centros sanitarios, las certificaciones y acreditaciones sanitarias y las homologaciones del personal del transporte sanitario.
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Proeli/es-md/dlg/2002/10/24/1#art-270