Art. 264
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO LII

Art. 264

268 / 565
En vigor desde 30 oct 2002
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a las que se refiere el artículo 33 de la Ley General Tributaria, que sean titulares de un establecimiento de distribución de medicamentos de uso humano y que soliciten certificación de que cumplen prácticas correctas de distribución de éstos.
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