Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO XXXVII
Art. 211
215 / 565En vigor desde 1 ene 2011
Constituye el hecho imponible de la tasa la realización por la Comunidad de Madrid, de la tramitación, a petición del sujeto pasivo, de la solicitud de concesión de la etiqueta ecológica para un producto o servicio determinado.
Se modifica por el .5 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-8629 .
Tus anotaciones
Proeli/es-md/dlg/2002/10/24/1#art-211