Art. 165
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO XXVIII

Art. 165

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En vigor desde 30 oct 2002
Constituye el hecho imponible de la tasa la utilización privativa o el aprovechamiento de dependencias del antiguo Hospital de Jornaleros, sito en la calle Maudes, número 17, de Madrid, para el rodaje de películas y celebración de eventos y actos, previamente autorizados por la Administración.
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