Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO XXIV
Art. 146
150 / 565En vigor desde 30 oct 2002
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los siguientes servicios o actividades administrativas referentes al reconocimiento de la aptitud de los laboratorios para la realización de ensayos de control de calidad de la edificación y de las obras públicas:
a) Inspección previa a la acreditación o renovación.
b) Acreditación o renovación.
c) Inspección de seguimiento.
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Proeli/es-md/dlg/2002/10/24/1#art-146