Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO XIII
Art. 100
104 / 565En vigor desde 1 ene 2014
La tasa se exigirá de acuerdo con la siguiente tarifa:
Tarifa 13.01. Solicitud de inscripción para la realización de las pruebas correspondientes para obtener o renovar el certificado acreditativo de personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Madrid: 100 euros por alumno.
Se modifica por la disposición final 1.3.3 de la Ley 6/2013, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-3254 . Se modifica por el .10 de la Ley 4/2012, de 4 de julio. Ref. BOE-A-2012-12816 . Se modifica por el .8 de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-4514 .
Tus anotaciones
Proeli/es-md/dlg/2002/10/24/1#art-100