Capítulo CAPÍTULO XIII
Art. Disposición adicional sexta
101 / 121En vigor desde 7 feb 2016
Los funcionarios públicos tendrán derecho a disfrutar de dos días adicionales de permiso por asuntos particulares al cumplir el sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.
Se añade, con efectos desde el 1 de enero de 2016, por la disposición adicional 25.4 de la Ley 1/2016, de 5 de febrero. Ref. BOE-A-2016-3540 Se deroga por la disposición derogatoria de la Ley 5/2001, de 5 de diciembre. Ref. BORM-s-2001-90010#dd
Tus anotaciones
ProBORM-s-2001-90004#disposicion-adicional-sexta