Art. Disposición adicional decimonovena
Capítulo CAPÍTULO XIII

Art. Disposición adicional decimonovena

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En vigor desde 22 oct 2022
La Administración Pública Regional habilitará los medios necesarios para que la elección a órganos de representación del personal empleado público se pueda realizar por medios telemáticos mediante sufragio personal, directo, libre y secreto, dichos medios garantizarán en todo caso la seguridad del voto, la imposibilidad de su repetición y la confidencialidad del mismo. Se añade por la disposición final 6.7 del Decreto-ley 5/2022, de 20 de octubre. Ref. BORM-s-2022-90316#df-6

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Pro

BORM-s-2001-90004#disposicion-adicional-decimonovena