Art. 25
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 25

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En vigor desde 13 may 2001
En las convocatorias para los diferentes procedimientos selectivos se harán constar, en todo caso, los siguientes datos: a) Número y características de las plazas vacantes. b) Requisitos exigidos para presentarse a cada uno de los procedimientos selectivos. c) Sistema selectivo y forma de desarrollo de las pruebas y de su calificación. d) Programas de la oposición o del concurso-oposición, cuando se trate de estos sistemas, y baremos de valoración de méritos si se tratase de concurso o concurso-oposición. e) En su caso, composición del Tribunal u órgano técnico de selección. f) Calendario para la realización de las pruebas. g) Indicación del centro u oficina pública donde se expondrán las sucesivas comunicaciones, sin perjuicio de que puedan además publicarse en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia»; o notificarse directamente a los interesados. h) Indicación de los cursos de formación, con expresión de sí tienen o no carácter selectivo.

Tus anotaciones

Pro

BORM-s-2001-90004#art-25