Art. 186
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 4.ª Licencias u órdenes de ejecución incompatibles con la ordenación ambiental, territorial y urbanística

Art. 186

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En vigor desde 15 may 2000
En los supuestos de anulación de licencias, demora injustificada en su otorgamiento o denegación improcedente, los perjudicados podrán reclamar de la Administración actuante el resarcimiento de los daños y perjuicios causados, en los casos y con la concurrencia de los requisitos establecidos en las normas que regulan con carácter general dicha responsabilidad. En ningún caso habrá lugar a indemnización si existe dolo, culpa o negligencia graves imputables al perjudicado.

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BOC-j-2000-90006#art-186