Art. 76
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 76

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En vigor desde 1 jul 2000
La Administración de la Hacienda de la Comunidad Autónoma y la de los organismos públicos y las empresas quedan sometidas al régimen de contabilidad pública en los términos previstos en esta Ley.

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BOA-d-2000-90001#art-76