Art. 32
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 32

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En vigor desde 1 jul 2000
El Presupuesto de la Comunidad Autónoma constituye la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo se podrán reconocer y de los derechos que se prevean liquidar por parte de la misma y de sus entidades y organismos.

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BOA-d-2000-90001#art-32