Art. Disposición adicional quinta
Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional quinta

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En vigor desde 1 ene 2011
(Derogada) Se deroga por la disposición derogatoria.1 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-2544#dd . Se añade por la disposición final 1 de la Ley 16/2007, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2008-2988 . Redactado conforme a la corrección de errores publicada en el DOGA núm. 43, de 29 de febrero de 2008.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/dlg/1999/10/07/1#disposicion-adicional-quinta