Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO PRIMERO
Art. 32
35 / 123En vigor desde 2 mar 2000
El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, con la documentación anexa, será remitido a la Asamblea Regional en el plazo establecido en el artículo 46 del Estatuto de Autonomía, para su examen, enmienda y aprobación o devolución al Consejo de Gobierno.
Tus anotaciones
ProBORM-s-2000-90008#art-32