Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO CUARTO
Art. 26
29 / 123En vigor desde 2 mar 2000
1. Corresponde al Consejero de Economía y Hacienda la resolución de las tercerías que se susciten en el procedimiento de apremio, y su interposición en vía administrativa será requisito previo para que puedan ejercitarse ante los tribunales de la jurisdicción ordinaria.
2. Igualmente compete al Consejero de Economía y Hacienda la resolución de las reclamaciones previas a la vía judicial en cuestiones de propiedad.
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ProBORM-s-2000-90008#art-26