Título TÍTULO 7›Capítulo CAPÍTULO 1
Art. 97
99 / 180En vigor desde 14 jul 2006
(Derogado) .
Se deroga por la disposición derogatoria.b) de la Ley 8/2006, de 5 de julio. Ref. BOE-A-2006-14405 . Se modifica por el de la Ley 6/2002, de 25 de abril. Ref. BOE-A-2002-9243 . Se añaden los apartados 6, 7, 7.bis y 7.ter por el .2 de la Ley 21/2001, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2002-1485 . Se modifican los apartados 3, 4 y 5 por el .4 de la la Ley 4/2000, de 26 de mayo. Ref. BOE-A-2000-11470 .
Tus anotaciones
ProDOGC-f-1997-90001#art-97