Art. 63
Título TÍTULO 5Capítulo CAPÍTULO 1

Art. 63

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En vigor desde 23 nov 1997
Se proveen por este sistema los puestos de subdirector general y de secretario de alto cargo y aquellos otros puestos de carácter directivo o de especial responsabilidad o que por la naturaleza de sus funciones se determinen en las relaciones de puestos de trabajo. El titular del centro directivo, organismo o entidad en que figure el puesto convocado emitirá un informe previo al correspondiente nombramiento.

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Pro

DOGC-f-1997-90001#art-63