Art. 46
Título TÍTULO 4Capítulo CAPÍTULO 3

Art. 46

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En vigor desde 23 nov 1997
El acceso a los cuerpos y escalas de funcionarios o a las categorías laborales se realiza a través de los procedimientos de oposición, concurso oposición o concurso y, en su caso, los cursos de formación o la fase de prueba que determine la convocatoria.

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Pro

DOGC-f-1997-90001#art-46