Art. 31
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 31

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En vigor desde 18 feb 2021
1. Los derechos de la Hacienda General del País Vasco son de naturaleza pública o de naturaleza privada. 2. Los derechos de naturaleza pública son los que pertenecen a la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a sus organismos autónomos y a los entes públicos de derecho privado, como consecuencia de relaciones y situaciones jurídicas en las que dichas entidades se encuentren como titulares de potestades públicas. Los derechos de naturaleza pública pueden ser: a) Ingresos de derecho público. b) Otros derechos. 3. Los derechos de naturaleza privada son los que pertenecen a la Comunidad Autónoma de Euskadi y no están comprendidos en el párrafo 2 del presente artículo. Los derechos de naturaleza privada pueden ser: a) Ingresos de derecho privado. b) Otros derechos. Se modifica el apartado 2 por la disposición final 3.1 de la Ley 1/2021, de 11 de febrero. Ref. BOE-A-2021-3764

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Pro

BOPV-p-1998-90002#art-31