Art. Disposición adicional decimoctava
Capítulo CAPÍTULO XI

Art. Disposición adicional decimoctava

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En vigor desde 20 mar 2012
Los efectos del artículo 87.3 del Estatuto Básico del Empleado Público se extenderán en el ámbito institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón a los nombrados como el Justicia de Aragón, miembros de la Cámara de Cuentas y Consejo Consultivo, Presidentes de comarcas y Presidente del Consejo Económico y Social de Aragón. Se añade por el .5 de la Ley 3/2012, de 8 de marzo. Ref. BOE-A-2012-5203

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Pro

BOA-d-1991-90001#disposicion-adicional-decimoctava