Art. 34
Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. 34

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En vigor desde 2 mar 1991
Las resoluciones de las convocatorias se publicarán en el «Boletín Oficial de Aragón», incluso cuando los puestos no sean provistos por falta de candidatos idóneos, y se comunicarán al Registro de Personal.

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Pro

BOA-d-1991-90001#art-34