Capítulo CAPÍTULO I
Art. 3
4 / 83En vigor desde 2 mar 1991
La Función Pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón se ordena conforme a los principios de imparcialidad y profesionalidad en el ejercicio de sus funciones, para el servicio más eficaz y objetivo de los intereses generales.
Tus anotaciones
ProBOA-d-1991-90001#art-3