Art. Disposición adicional sexagésima tercera
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Art. Disposición adicional sexagésima tercera

161 / 202
En vigor desde 1 ene 2021
Será deducible de la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas el 100 por 100 de las cantidades satisfechas en 2021 por el sujeto pasivo por cotizaciones a la Seguridad Social corno consecuencia de contratos formalizados con personas que trabajen en el hogar familiar en el cuidado de las personas a que se refiere el artículo 62.9.c). Durante el ejercicio 2021 no será de aplicación la deducción prevista en el artículo 62.9.c). Se añade, con efectos desde el 1 de enero de 2021, por el .26 de la Ley Foral 21/2020, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-1355#a1

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BON-n-2008-90013#disposicion-adicional-sexagesima-tercera