Libro ANEXO›Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional sexagésima cuarta
162 / 202En vigor desde 30 dic 2023
Durante el año 2024, podrán optar a la deducción por arrendamiento para emancipación prevista en el artículo 68 quinquies.A, las personas empadronadas en Navarra que, cumpliendo el resto de requisitos exigidos para ser beneficiarias de la misma, excepto el relativo a la edad, consten inscritas a 1 de enero de 2024, o fecha posterior, como demandantes de empleo en situación de desempleo.
La concesión de la deducción se realizará hasta el 31 de diciembre de 2024.
Se modifica, con efectos a partir de 1 de enero de 2024, por el .29 de la Ley Foral 22/2023, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-1694 Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2023, por el .35 de la Ley Foral 36/2022, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-3349 Se añade, con efectos desde el 1 de enero de 2022, por el .22 de la Ley Foral 19/2021, de 29 de diciembre de 2021. Ref. BOE-A-2022-2067
Tus anotaciones
ProBON-n-2008-90013#disposicion-adicional-sexagesima-cuarta