Libro ANEXO›Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional segunda
100 / 202En vigor desde 1 ene 2026
(Derogada)
Se deroga por el .19 de la Ley Foral 17/2025, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2026-3910 Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2014, por el .14 de la Ley Foral 38/2013, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-888
Tus anotaciones
ProBON-n-2008-90013#disposicion-adicional-segunda