Art. Disposición adicional quinta
Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional quinta

135 / 163
En vigor desde 1 sept 1993
El Gobierno de Navarra remitirá al Parlamento de Navarra un Proyecto de Ley Foral que regule la integración en Grupos o, en su caso, en Cuerpos, de los funcionarios de las Administraciones Públicas de Navarra que ocupen plazas para las que se haya exigido idéntica titulación o tengan encomendadas análogas funciones, a fin de facilitar la movilidad y la carrera administrativa de los funcionarios, así como una adecuada redistribución de los mismos entre las distintas Administraciones Públicas.

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Pro

BON-n-1993-90004#disposicion-adicional-quinta