Art. Disposición adicional cuarta
Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 1 sept 1993
El Gobierno de Navarra remitirá al Parlamento, previa audiencia de los Ayuntamientos de Pamplona, Tudela, Tafalla, de la Federación Navarra de Municipios y Concejos y la correspondiente negociación con la representación sindical de los funcionarios, un Proyecto de Ley Foral que regule el régimen de derechos pasivos de los funcionarios de las Administraciones Públicas de Navarra.

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BON-n-1993-90004#disposicion-adicional-cuarta