Art. 22
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 22

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En vigor desde 1 sept 1993
Los funcionarios pueden hallarse en alguna de las siguientes situaciones: a) Servicio activo. b) Servicios especiales. c) Excedencia. d) Suspensión.

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Pro

BON-n-1993-90004#art-22