Art. Disposición adicional
Libro TEXTO REFUNDIDO DE LAS DISPOSICIONES DEL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONESCapítulo CAPÍTULO XII

Art. Disposición adicional

Derogado72 / 77
En vigor desde 1 ene 2017
El Consejero de Economía y Hacienda podrá encomendar a los Registradores de la Propiedad de la Comunidad Foral de Navarra funciones en la gestión y liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, así como suscribir acuerdos con ellos en relación con dichas funciones.

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BON-n-2002-90009#disposicion-adicional-1