Art. 47
Libro TEXTO REFUNDIDO DE LAS DISPOSICIONES DEL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONESCapítulo CAPÍTULO IXSecc. Sección segunda. Adquisiciones «mortis causa»

Art. 47

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En vigor desde 31 dic 2002
El heredamiento de confianza, regulado en el Título XII del Libro II de la Compilación, se considerará como fideicomiso a los efectos del Impuesto.

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BON-n-2002-90009#art-47