Libro Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados›Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 45
54 / 65En vigor desde 29 mar 2003
Las infracciones tributarias del Impuesto regulado en la presente Ley Foral serán calificadas y sancionadas con arreglo a lo dispuesto en la Ley Foral General Tributaria y sus normas de desarrollo.
Se añade por el .11 de la Ley Foral 16/2003, de 17 de marzo. Ref. BOE-A-2003-8524 .
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ProBON-n-1999-90001#art-45