Libro Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 15
20 / 65En vigor desde 1 ene 2009
Serán subsidiariamente responsables del pago del impuesto en la constitución de sociedades, aumento y reducción de capital social, aportaciones de los socios que no supongan un aumento del capital social, disolución y traslado de la sede de dirección efectiva o del domicilio social de sociedades, los promotores, administradores o liquidadores de las mismas que hayan intervenido en el acto jurídico sujeto al impuesto, siempre que se hubieran hecho cargo del capital aportado o hubiesen entregado los bienes.
Se modifica por el .5 de la Ley Foral 22/2008, de 24 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-3960 . Se modifica por el .1.7 de la Ley Foral 35/2003, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2004-1077 .
Tus anotaciones
ProBON-n-1999-90001#art-15