Libro Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados›Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 10 ter
15 / 65En vigor desde 1 ene 2007
En las compraventas y demás transmisiones a título oneroso de solares sobre los que exista una edificación, la base comprenderá tanto el suelo como el vuelo, salvo que el transmitente se hubiere reservado éste, o el adquirente pruebe que la licencia de obras, en su día, fue solicitada por él y expedida a su nombre.
Se añade por el .7 de la Ley Foral 18/2006, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2007-2208 .
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ProBON-n-1999-90001#art-10-ter