Art. 56
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Determinaciones de ordenación urbanística

Art. 56

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En vigor desde 1 sept 2017
Los instrumentos de ordenación urbanística se someterán a los trámites de evaluación ambiental cuando así lo disponga la legislación ambiental aplicable.
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eli/es-nc/dflg/2017/07/26/1#art-56