Art. 55
Título TÍTULO SEGUNDOCapítulo CAPÍTULO V

Art. 55

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En vigor desde 22 may 1943
Para dar cumplimiento a cuanto se establece en el artículo 33 de la Ley, referente a la repoblación de márgenes, y álveos, deberá tenerse en cuenta la Ley de 18 de octubre de 1941 sobre repoblación de riberas y arroyos y cuantas disposiciones reglamentarias se dictaren para la ejecución de la misma.
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eli/es/d/1943/04/06/(1)#art-55